Senadora Allende presenta proyecto que sanciona con cárcel a reincidentes en violencia contra la mujer


A raíz del dramático ataque sufrido por Nabila Rifo en Coyhaique, que resultó violentamente agredida, quedando ciega y con riesgo vital, la Presidenta del Partido Socialista de Chile y Senadora por la Región de Atacama, Isabel Allende Bussi, declaró que “no es posible que sigamos con esta escalada y es urgente que avancemos decididamente en perfeccionar la legislación que sanciona la violencia contra la mujer”.

Según los datos del Servicio Nacional de la Mujer, durante el 2015 se produjeron 45 femicidios íntimos, es decir, solo aquellos que considera la actual ley como tales: asesinatos de mujeres cometidos por sus parejas o ex pareja, y 58 casos si se amplia a otros cercanos.

En esa misma línea, la Presidenta del PS subrayó que “a diez años de la puesta en vigencia de la Ley VIF todavía no existe un Sistema Integrado de Información, que genere estadísticas sobre la violencia contra las mujeres y respalde la aplicación de políticas públicas”.

Por ello, la Senadora Allende planteó que la violencia contra las mujeres “es un problema de seguridad pública y corresponde pronunciarse e incorporar medidas para prevenirla y detener la muerte de mujeres en manos de sus parejas, ex parejas, cercanos o desconocidos”.

En esa línea, la parlamentaria socialista presentó un Proyecto de Ley que considera lo siguiente:

  1. La actual normativa es insuficiente para tratar la problemática de la Violencia contra la Mujer, dado que solo se enmarca en el ámbito familiar.
  2. Este proyecto se funda en la protección y aplicación efectiva de las penas dictadas en el contexto de la Violencia contra la Mujer
  3. Establecemos la hipótesis de “Situación de Riesgo de una Mujer”, y obliga al Juez a establecer medidas efectivas de protección a favor de la Mujer.
  4. Definimos la obligatoriedad de la aplicación de las penas como las ha establecido el Legislador. Esto significa, que una vez aplicadas las atenuantes y agravantes de la responsabilidad penal, la Pena debe aplicarse dentro del marco que establece la Ley. Por lo tanto: No se podrá, aplicar una pena más baja, que la Pena que se señala en la Ley.
  5. Por último, en caso de Reincidencia, el ofensor deberá cumplir un año de cárcel a lo menos (símil de la “Ley Emilia”). Esto se producirá, toda vez que en caso de Reincidencia, se suspenderá la aplicación de las penas sustitutivas por el plazo de un año.