Senador Letelier por proyecto que tipifica incitación a la violencia: “Presidenta Bachelet se ha propuesto cerrar las puertas al odio y la violencia”


El senador Juan Pablo Letelier valoró significativamente la firma del Proyecto de Ley que tipifica la incitación a la violencia por discriminación realizado por la mandataria.

Esta semana, la Presidenta Michelle Bachelet firmó el proyecto de Ley que modifica el Código Penal e incorpora un nuevo artículo que tipifica el delito de “Incitación a la Violencia por Discriminación”.

En la ceremonia, en que estuvieron presentes representantes del Parlamento, de instituciones de Derechos Humanos, de organizaciones de minorías sexuales y de diversas agrupaciones, la Presidenta Michelle Bachelet dejó muy en claro que esta Ley “castigará a quienes inciten violencia a personas por raza, origen, sexo, orientación sexual, identidad de género o religión”.

“Hoy es un día importante para Chile, hoy es un día en el que estamos reivindicando los principios esenciales que sustentan nuestra democracia” señaló.

En tanto, el Senador de la región de O´Higgins, Juan Pablo Letelier, manifestó que “el mensaje que nos entrega la Presidenta es claro, es un llamado a construir un Chile sin divisiones, con más inclusión, uno que nos lleve por el camino del diálogo y que no sucumba a la violencia por causa de las ideas o el color de piel”.

Chile se ha transformado en un atractivo país para miles de inmigrantes, y si a ello sumamos los cambios internos que estamos viviendo en materia de igualdad, sin duda es un caldo de cultivo para algunos que buscan dañar, por ello señaló Letelier “no debemos dejar que en nuestra sociedad germine el odio a través de mensajes que menoscaben a ninguna persona. Con esta Ley la Presidenta lo ha dicho, se introduce un marco mínimo de responsabilidad frente a la sociedad, evitando llamados a la violencia, ya que un Chile diverso lo debemos construir con bases sólidas de respeto y tolerancia” concluyó.

ALGUNAS CONSIDERACIONES SOBRE LA INCITACIÓN AL ODIO Y VIOLENCIA Y LA LIBERTAD DE EXPRESIÓN
a) La libertad de expresión goza de una amplia protección en los pactos internacionales y regionales de derechos humanos (Pacto de Derechos Civiles y Políticos; y, la Convención Americana sobre Derechos Humanos).
b) Sin embargo, la libertad de expresión y la proscripción de los discursos de odio y de violencia van de la mano. Lo segundo se erige como una limitación legítima, necesaria y proporcional al ejercicio de la primera. Los discursos de odio y de violencia, en consecuencia, no pueden ser analizados sin la referencia al derecho fundamental a la libertad de expresión. Los Estados democráticos deben proteger, por una parte, la libertad de expresión y, por otra, garantizar la igualdad y la seguridad de todas las personas.

c) La sanción penal se debe reservar para aquellos discursos que, conforme a la terminología del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y la Convención Americana, consistan en una apología del odio que constituya una incitación de tal magnitud, que pueda desencadenar en actos de violencia o cualquier otra acción ilegal similar que afecte a un grupo de personas o a un miembro de ese grupo. Para las demás hipótesis, existen mecanismos menos severos en el ordenamiento jurídico, que también constituyen un reproche legal (Ley N° 20.609).