Postulación a Cargos de Elección Popular.

El Partido Socialista elegirá a través de primarias abiertas  y vinculantes los candidatos y candidatas a cargos de elección popular, previo cumplimiento de requisitos que se establezca la ley, y los establecidos en un Reglamento interno  de primarias, acordado por la comisión Política en el plazo correspondiente,

Todo militante que cumpla con los requisitos establecidos y que quiera ser candidato o candidata, deberá presentar sus antecedentes a la Secretaría General del Partido en los plazos establecidos para cada elección.

Las fechas de postulación a las primarias serán publicadas oportunamente por el Partido a través de la institucionalidad orgánica y en la página web http://www.pschile.cl previo a cada elección.

Los plazos de inscripción para candidaturas parlamentarias y de Consejeros Regionales serán informadas con fecha posterior a la realización de las elecciones de Convencionales Constituyentes, Gobernadores/as Regionales, Alcaldes/as, Concejales/as 2021.

 

Postulación a Cargos Internos del Partido.

El Partido Socialista de Chile, convocará a elecciones internas cada dos años, la fecha será determinada por el Comité Central dentro del plazo establecido en el Estatuto Partidario.

Información Importante: El pleno del Comité Central, fecha 18 de marzo de 2021 resolvió en conformidad a las facultades estatutarias y de acuerdo a lo establecido en la LOC 18.603 de los Partidos Políticos, extender el mandato de todas instancias partidarias, desde el nivel central al comunal, por el periodo de 1 año. 

Los cargos y requisitos a postular, que a continuación se mencionan estas adecuados al nuevo Estatuto y entran en vigencia desde la elección interna próxima.

Dirección Comunal

Su órgano ejecutivo es la Dirección Comunal, que será elegida en votación directa por la totalidad de los y las militantes y adherentes de la comuna. Estará integrada por 5 a 9 dirigentes, según el número de militantes, como indica la tabla siguiente:

Nro. Afiliados y Adherentes Nro. Cargos Antigüedad
Hasta 300 afiliados y adherentes 6 1 año
De 301 a 500 afiliados y adherentes 8 1 año
Desde 501 afiliados y adherentes 10 año

La Dirección Comunal constará de seis integrantes, si el número de sus afiliados y adherentes es inferior a trescientos; de ocho integrantes, si dicha cifra supera los trescientos, y de diez integrantes, si supera los quinientos, los que ocuparán, a lo menos, los siguientes cargos: un(a) Presidente(a), un(a) Secretario(a) Político(a), una/un Vicepresidenta(e)de la Mujer y Equidad de Género, y un(a)Tesorero(a),que se elegirán entre sí de entre los electos, y el/la Vicepresidente de Asuntos Indígenas, que será elegido(a) por los(as) afiliados(as) y adherentes indígenas.

 

Dirección Provincial

La Dirección Provincial, que será el órgano ejecutivo en cada provincia en las que se divide políticamente el país, para cumplir las tareas socialistas en ese espacio territorial.

La Dirección Provincial será elegida en votación directa por la totalidad de los y las militantes y adherentes de la provincia. Constará de cinco integrantes: un(a) Presidente(a), un(a) Secretario(a) Político(a), una/un Vicepresidenta(e) de la Mujer y Equidad de Género, y un(a) Tesorero(a),que serán elegidos por el respectivo colectivo de Dirección Provincial de entre sus miembros, y un(a) Vicepresidente/a de Asuntos Indígenas, elegido(a) por los(as) afiliados(as) y adherentes indígenas.

La Antigüedad para ser candidato a esta instancia es de 3 años.

Dirección Regional u Órgano Ejecutivo Regional

La Dirección Regional del Partido Socialista, que será el órgano ejecutivo regional, en conformidad lo dispone el artículo 27 de la Ley Orgánica Constitucional de los Partidos Políticos.

Las Direcciones Regionales estarán compuestas por siete, nueve u once miembros, de acuerdo al número de militantes y adherentes de cada región:

 

Nro. Afiliados y Adherentes Nro. Cargos Antigüedad
5.000 afiliados y adherentes 8 3 años
5.001 hasta 10.000 afiliados y adherentes 10 3 años
Desde 10.001 afiliados y adherentes 12 3 años

Deberán contar con a los menos, un(a) Presidente(a), un(a) Secretario(a) Político(a), una/un Vicepresidenta(e) de la Mujer y Equidad de Género, un(a) Vicepresidente(a) de Capacitación y Formación Política y un(a) Tesorero(a), que serán elegidos(as) por el respectivo Comité Regional, y el/la Vicepresidente(a) de Asuntos Indígenas, elegido(a) por los(as) militantes y adherentes indígenas de la región.

 

Comité Regional u Órgano Intermedio Colegiado Regional

El Comité Regional será el órgano intermedio colegiado regional establecido en el artículo 30 de la Ley Orgánica Constitucional de los Partidos Políticos. Estará integrado por 21, 25 ó 29 miembros, de acuerdo con el número de militantes de la región, que serán elegidos en conformidad a lo dispuesto en el título XIV del presente Estatuto.

 

Nro. Afiliados y Adherentes Nro. Cargos Antigüedad
5.000 afiliados y adherentes 22 3 años
5.001 hasta 10.000 afiliados y adherentes 26 3 años
Desde 10.001 afiliados y adherentes 30 3 años

 

Comité Central

El Comité Central es el Órgano Intermedio Colegiado del Partido Socialista, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 29 de la Ley Orgánica Constitucional de los Partidos Políticos.

Escaños Comité Central Nacional y por Región

Región Cantidad de integrantes CC a elegir por región
Nacional 30
Arica y Parinacota 2
Tarapacá 2
Antofagasta 4
Atacama 6
Coquimbo 2
Valparaíso 6
Metropolitana 24
O´Higgins 4
Maule 4
Ñuble 2
Bío Bío 8
Araucanía 4
Los Ríos 2
Los Lagos 4
Aysén 2
Magallanes 2
Exterior 2

 

La antigüedad requerida para el cargo es de 5 años de militancia.

Mesa Ejecutiva

La Mesa Ejecutiva del Partido será el órgano ejecutivo, en conformidad a lo dispuesto en el artículo 27 de la Ley Orgánica Constitucional de los Partidos Políticos, y estará integrada por 11 miembros: un(a) Presidente(a), un(a) Secretario(a) General, una/un Vicepresidenta(e) de la Mujer y Equidad de Género, siete Vicepresidentes y el/la Vicepresidente para Asuntos Indígenas elegido(a) por los y las militantes y adherentes indígenas. El/La Presidente(a) de la Juventud Socialista participará con derecho a voz.

Los integrantes de la Mesa Ejecutiva serán elegidos por el conjunto del Comité Central, sean de elección nacional o regional, de entre sus miembros.

Será obligatoria la integración a la Mesa Ejecutiva de una representación proporcional de las listas de candidatos y candidatas al Comité Central que hayan obtenido al menos el 12,5% de los miembros elegidos en esta instancia. El Comité Central elegirá primero el/la Presidente/a, mientras que la Secretaría General, la Vicepresidencia de la Mujer y las 7 Vicepresidencias se integrarán proporcionalmente.

La antigüedad requerida para el cargo es de 5 años de militancia.

Todo militante que cumpla con los requisitos establecidos y que quiera ser candidato o candidata, deberá presentar sus antecedentes ante el Tribunal Supremo, de acuerdo a los plazos y procedimientos establecidos en le reglamento y cronograma de elecciones:

Elecciones Internas 2019

Reglamento de Elecciones PS 2019

 

 

 

Última actualización: 14-04-2021